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Sistema de Información Estratégico Rural


El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable al segundo trimestre de 2016

Año: 2016

Volúmen: 1

Periodo:
LXIII Legislatura

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La fracción I del artículo 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria precisa que el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, entregará al Congreso de la Unión informes trimestrales a los 30 días naturales después de terminado el trimestre de que se trate, los cuales incluirán información sobre los ingresos obtenidos y la ejecución del Presupuesto de Egresos, así como sobre la situación económica y las finanzas públicas del ejercicio, incluyendo los principales indicadores sobre los resultados y avances de los programas y proyectos en el cumplimiento de los objetivos y metas y de su impacto social, con el objeto de facilitar su evaluación. Enseguida se procede a realizar el análisis y los comentarios relativos al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (PEC) contenido en los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública relativos al Segundo Trimestre de 2016.

Programa Especial Concurrente Desarrollo Rural Sustentable Segundo trimestre 2016